Ayudas para la rehabilitación de viviendas según el plan estatal de vivienda 2018 - 2021

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El Ministerio de Fomento lanzó un nuevo Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. Un proyecto que recoge ayudas a la rehabilitación y regeneración urbana y rural.

La gestión de las ayudas del Plan corresponderá a las Comunidades Autónomas, por lo que serán sus órganos competentes los encargados de la tramitación y resolución de los procedimientos de concesión y pago de las ayudas del Plan, así como la gestión del abono de las subvenciones aprobadas.

Aunque el Plan Estatal de Vivienda 2018 - 2021 contempla nuevos programas para la consecución de sus objetivos, son cuatro los que hacen referencia a ayudas a la rehabilitación y construcción de viviendas:

Este programa tiene como objetivo regular las ayudas para obras de mejora de la eficiencia energética y de la sostenibilidad en viviendas unifamiliares y edificios de tipología de residencia colectiva.

¿Quién puede beneficiarse de esta ayuda?

  • Administraciones y empresas públicas.

  • Sociedades cooperativas.

  • Comunidades de propietarios.

  • Empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios.

  • Propietarios y empresas de servicios energéticos.

Requisitos:

  • Que la vivienda a rehabilitar haya sido finalizada antes de 1996.

  • Además, en el caso de las viviendas en edificios, al menos el 50% de ellas deberán constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.

Se subvencionarán actuaciones dirigidas a la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad de los inmuebles, como pueden ser la mejora de la envolvente térmica, la instalación de nuevos sistemas de calefacción, refrigeración o generación (a través de energías renovables). Recuerda que por la cubierta se pierde mucha energía y que quizás estos incentivos de rehabilitación del tejado pueden ayudarte a recuperar el confort térmico de tu hogar.

A través de este programa se financiará la ejecución de obras para la conservación, mejora de la seguridad de utilización y la accesibilidad universal en viviendas unifamiliares urbanas o rurales y en viviendas en edificios residenciales.

¿Quién puede beneficiarse de esta ayuda?

  • Administraciones y empresas públicas

  • Sociedades cooperativas

  • Propietarios y comunidades

  • Empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios.

Requisitos:

  • La vivienda a rehabilitar deberá haber sido finalizada antes de 1996.

  • Al menos el 50% de las viviendas en edificios deberán constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.

Se considerarán “subvencionables” :

  • Las actuaciones en torno a la conservación de estructura, cimentación, cubiertas, fachadas o procesos de desamiantado.

  • Las labores de adecuación interior de la vivienda a unas condiciones mínimas de habitabilidad, seguridad e higiene.

  • Labores para la mejora de la seguridad de utilización y de accesibilidad, tales como la instalación de ascensores, rampas o la instalación de elementos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior.

  • Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural.

El agente ejecutor de las actuaciones será el beneficiario de estas ayudas, que buscan financiar la realización conjunta de obras de rehabilitación de edificios y de viviendas individuales, así como aquellos trabajos para la construcción de edificios y viviendas que sustituyan a otros previamente demolidos. Para ello, los trabajos tendrán que enmarcarse en áreas de regeneración y renovación urbana o rural, previamente delimitados territorialmente por la Administración correspondiente.

A través de este programa se subvencionarán, además de las actuaciones recogidas en los dos programas anteriores, trabajos de adecuación a los estándares previstos por la normativa vigente, obras de mejora de accesibilidad y sostenibilidad. También se incluirán la demolición y construcción de nuevos edificios con la condición de que estos cuenten con una calificación energética mínima B y cumplan con las exigencias del Código Técnico de Edificación.

  • Otras ayudas.

Se contemplan también, ayudas concretas para financiar costes de gestión, realojos o construcción de edificios previamente demolidos o construidos en sustitución de infravivienda o chabolismo. 

Te animamos a que aproveches estos incentivos de rehabilitación del tejado, para más información contacta con nosotros a través de nuestra página web.

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